¿Qué es el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos?
Escrito por Arpe Saint Laurent • 27 Febrero 2009 • Categorías: Instituciones de salud, Trabajo de la asociación
Las leyes son letra muerta si no las defendemos y vivimos con nuestras acciones
La Ley General de Salud, en su artículo 77 Bis 29, considera gastos catastróficos a los que se derivan de aquellos tratamientos medicamentos asociados, definidos por el Consejo de Salubridad General, que satisfagan las necesidades de salud mediante la combinación de intervenciones de tipo preventivo, diagnóstico, terapéutico, paliativo y de rehabilitación, con criterios explícitos de carácter clínico y epidemiológico, seleccionadas con base en su seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social, que impliquen un alto costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren.
En palabras llanas, el gobierno entiende que existen gastos en salud que generan el empobrecimiento de las familias y la desigualdad en los accesos al sistema de salud, pues los tratamientos y medicamentos asociados que se consideran gastos catastróficos implican un alto costo, en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren. Es por ello que el Programa Nacional de Salud 2007-2012 contempla, entre otros, los siguientes dos objetivos:
- reducir las brechas o desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas;
- evitar el empobrecimiento de la población por motivos de salud.
Dentro de este marco de buenos conceptos, se ha decretado la creación de un Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a fin de reforzar los objetivos mencionados arriba, pues los gastos catastróficos en salud constituyen una de las principales causas de empobrecimiento de las familias más vulnerables, y en el caso de las enfermedades genético moleculares, de cualquier tipo de familia, ya que los altísimos costos del tratamiento médico apropiado empobrece a casi cualquiera. Para apoyar a los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud que padecen enfermedades de alto costo que provocan gastos catastróficos, el gobierno federal administra un fondo de reserva sin límites de anualidad presupuestal.
OK. Así dice la legislación y los planes y programas del gobierno federal. La letra no estará muerta mientras existan personas que la transformen en acciones vivas. Seamos nosotros, miembros de la comunidad lisosomal mexicana, quienes salgamos adelante por nuestros enfermos.
Arpe Saint Laurent es Secretaria ejecutiva del patronato del Proyecto Pide un Deseo México, I.A.P.
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